Visado de visitante y permiso de residencia temporal

Un visado de visitante autoriza la estancia del interesado en Noruega y otros países del Espacio Schengen durante 90 días, como máximo. Un permiso de residencia temporal ofrece al interesado la posibilidad de trabajar o residir en Noruega durante más de 90 días.

El Real Consulado General de Noruega en Nueva York se encarga de los visados y permisos de residencia en América del Norte, América Central y América del Sur. Otras Embajadas y Consulados de Noruega en esta área no se ocupa de visados y permisos de residencia y no tiene autoridad para responder consultas sobre temas relativos a servicios migratorios. Ningún Cónsul Honorario está encargado de servicios migratorios.

Los ciudadanos de Colombia NO requieren el visado de visitante para viajar a Schengen por un máximo de 90 días.

Los ciudadanos de Colombia  necesitan un permiso de residencia si desean trabajar o residir por más de 90 días.

El procesamiento está a cargo del Real Consulado General de Noruega en Nueva York.

Las solicitudes se presentan en el Centro de Solicitud de Visados de VFS con turno previamente asignado.

Los solicitantes que pueden viajar legalmente a los EEUU pueden también presentar su solicitud en un Centro de Solicitud de Visados de VFS en los EEUU o alternativamente en otro Centro de Solicitud de Visados de VFS en América del Sur, que colabora con el Real Consulado General de Noruega en Nueva York.

Para mayor información, visite el sitio del Real Consulado General de Noruega en Nueva York.

Si desea obtener información para viajar a otros países del espacio Schengen, deberá contactarse con las respectivas autoridades de dichos países.